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"DE SAN NICOLÁS AL PAÍS"

 

El pacto de San Nicolás de los Arroyos fue un acuerdo cuyo proyecto definitivo fue aprobado el 31 de mayo de 1852, en San Nicolás de los Arroyos (Argentina), bajo los auspicios de Justo José de Urquiza, con la representación de once provincias, y cuyo contenido pretendía establecer un congreso constituyente que armonizara federalmente las relaciones entre los distintos territorios que conformaban la

Confederación Argentina. La Constitución Argentina de 1853 fue directa heredera del Pacto. Con el propósito de celebrar el acuerdo, tuvo lugar el 20 de mayo de 1852 la primera reunión en San Nicolás, bajo la presidencia de Justo José de Urquiza. Estuvieron presentes diez gobernadores que representaban a once provincias, pues Catamarca designó a

Urquiza como representante, el cual era, además, gobernador de Entre Ríos. El acuerdo estaba integrado por 19 artículos, que establecían, en primer lugar, la fiel observancia del Pacto Federal, especialmente en el artículo 16 de dicho Pacto, que hacía referencia a la organización de la administración general por medio de un congreso general federativo. Determinaba que la reunión de dicho congreso se realizaría en la ciudad de Santa Fe en el mes de agosto, pero después la misma asamblea designaría su sede. Las trece primeras cláusulas del Acuerdo establecían dónde, cómo y cuándo se reuniría el congreso, y las seis restantes se referían a los poderes que se conferían a Urquiza. Se reconocía la igualdad de derechos de las provincias al establecerse que cada una de ellas enviaría dos diputados al congreso, sin mandato imperativo, que aprobarían la constitución a simple mayoría de sufragios. Se organizaba el poder ejecutivo provisional hasta que el congreso dictara la constitución: entonces se nombraría presidente constitucional de la República y el congreso cerraría sus sesiones.

Fines y objetivos del Acuerdo:

  • Representar la soberanía y mantener la paz interior.
  • Conservar la individualidad nacional.
  • Sufragar los gastos nacionales con el producto de las aduanas exteriores.
  • La administración general del país bajo el sistema federal.
  • Legitimizar la igualdad de derechos entre las diversas provincias.
  • Sostener autoridades legalmente constituidas.

 

Entrevista al Dr. Carlos Lamas

TRABAJO REALIZADO POR: Federico Eufemio, Damián Bustamante, Diego Funes y Carlos Sosa


Correo electrónico: webmaster@donboscosn.com.ar